

El 1° de febrero se ajustarán dos tipos de contratos de locación: los que fueron firmados bajo el Índice de Contratos de Locación (ICL) de la ley ya derogada y los que se pactaron por libertad contractual luego de la derogación de la ley de alquileres. Cabe aclarar que cada tipo de contrato fue pactado de acuerdo a la normativa vigente en la fecha en que se firmó.
El ICL, desde que entró en vigencia, se caracterizó por tener aumentos constantes por encima de la inflación. Sin embargo, desde septiembre de 2024 se evidenció un cambio de tendencia a partir del cual se desaceleró el incremento del ajuste por el que deberán aumentar los acuerdos de alquiler firmados bajo la ley.
Aumento de alquiler de acuerdo a cada índice
Ajuste por ICL
En enero, los contratos firmados en el mismo mes el 2023 sufrirán una segunda y última suba interanual del 174,42%, más de 15 puntos porcentuales menos que los registrados en enero (190,69%), según los datos relevados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
En números concretos, si un inquilino paga un alquiler de $400.000, a partir del próximo mes y por los siguientes 12 deberá abonar $1.097.663, mientras que el que paga $600.000 pasará a abonar $1.646.494 por mes. Un dato clave a tener en cuenta es que el ICL varía en forma diaria, por lo que, el aumento dependerá el día del mes en el que fue firmado el contrato para aplicar el ajuste correspondiente.
Ajuste luego de la derogación de la ley de alquileres
Un análisis aparte merece quienes cerraron su alquiler luego de la derogación de la normativa, es decir, después del 29 de diciembre de 2023. En estos casos la situación es otra: se estableció libertad entre las partes a la hora de definir el índice y el lapso del contrato y del ajuste. De todas formas, la mayoría de las negociaciones se cerraron con actualizaciones trimestrales en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), que se ajusta directamente por inflación: en este caso, para quienes tengan el alquiler “congelado” desde noviembre enfrentarán un incremento en febrero del 8,03%.
Por ejemplo, si se pactó un ajuste trimestral, para un alquiler de $500.000 iniciado en noviembre de 2024, que debe ajustarse en febrero, el último índice publicado por el Indec es de diciembre 2024, por lo que el valor a pagar pasaría a ser de $540.139,42.